Derecho Familiar

Alimentos

Fijación, modificación y ejecución de pensión alimenticia. Asesoría para quienes reclaman alimentos y para quienes son demandados.

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Los alimentos comprenden todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, atención médica y educación. Toda persona con derecho a alimentos puede exigirlos judicialmente. Nuestro despacho lo representa tanto en la fijación inicial como en modificaciones posteriores cuando cambian las circunstancias.

Fijación de alimentos

Demanda inicial para establecer el monto y la forma de pago de la pensión alimenticia.

Aumento de pensión

Cuando el alimentista crece, sus necesidades aumentan o el deudor mejora económicamente.

Reducción de pensión

Cuando el deudor alimentario pierde ingresos o surgen otros acreedores alimentarios.

Ejecución de pensión

Si el deudor no paga, solicitamos embargo de sueldo, cuentas y demás bienes.

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Preguntas frecuentes sobre alimentos

¿Quién está obligado a dar alimentos?

Los cónyuges entre sí, padres a hijos, hijos a padres, hermanos entre sí y demás parientes en línea recta según el Código Civil.

¿Cómo se calcula la pensión alimenticia?

El juez considera las necesidades del acreedor y las posibilidades del deudor. No hay un porcentaje fijo, aunque en la práctica suele rondar el 30-40% del ingreso neto.

¿Qué pasa si no me pagan la pensión?

Puede solicitarse embargo de salario, cuentas bancarias y bienes del deudor, además de que el incumplimiento puede configurar el delito de abandono de familia.

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