Derecho Mercantil

Medidas Cautelares y Precautorias

Aseguramiento urgente de bienes y cuentas de empresas deudoras antes y durante el juicio mercantil.

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Las medidas cautelares en materia mercantil permiten asegurar bienes del deudor antes o durante el juicio para garantizar que la sentencia sea ejecutable. En el ámbito empresarial, esto incluye embargo de cuentas bancarias, existencias de mercancía, equipos y activos de la empresa demandada.

Embargo precautorio de cuentas

Congelamiento de cuentas bancarias del deudor por la cuantía de la reclamación.

Embargo de inventario

Aseguramiento de mercancías, existencias y activos de la empresa deudora.

Medidas contra fuga de activos

Cuando existe riesgo de que la empresa transfiera activos para quedar insolvente.

Levantamiento de embargo

Representación del demandado para levantar o reducir medidas cautelares excesivas.

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Preguntas frecuentes sobre medidas cautelares y precautorias

¿Se puede embargar sin que el deudor lo sepa?

Sí. Las medidas precautorias se solicitan inaudita parte para evitar que el deudor oculte bienes. El embargo se notifica al ejecutarse.

¿Qué garantía debo otorgar para obtener una medida cautelar?

En la mayoría de los casos se requiere una garantía proporcional al monto solicitado, que puede ser fianza, depósito o prenda.

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